Carta de Porte Digital Nacional
Documento contractual digital con validez legal plena que cumple la Ley 15/2009 y sustituye al Documento de Control
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¿Qué es la Carta de Porte Nacional?
La Carta de Porte Nacional es el documento que formaliza el contrato de transporte por carretera dentro de España. Recoge:
- Condiciones pactadas entre cargador y transportista
- Descripción de la mercancía
- Bultos, peso, instrucciones especiales
- Reservas del conductor
- Responsabilidades de cada parte
La legislación española permite expresamente su emisión y firma en formato digital, siempre que se garantice autenticidad e integridad, algo que BlueCMR proporciona con firma avanzada eIDAS.
Relación con el Documento de Control Digital
Desde la Ley de Movilidad Sostenible, el Documento de Control debe ser digital (obligatorio en 2026). La normativa establece que si un documento contractual —como la Carta de Porte— contiene todos los datos obligatorios del Documento de Control, lo sustituye plenamente.
Con BlueCMR: La Carta de Porte incluye automáticamente todos los campos exigidos por la Orden FOM/2861/2012 (Documento de Control) más los requisitos de los artículos 10 y 10 bis de la Ley 15/2009.
👉 Una única Carta de Porte Digital = Contrato + Documento de Control
Esto elimina duplicidades y simplifica la gestión documental del transporte.
Marco legal
📘 Ley 15/2009
Contrato de transporte terrestre de mercancías. Define requisitos contractuales y emisión de la carta de porte.
🟦 RD-ley 14/2022
Introduce el artículo 10 bis con menciones obligatorias para contratos con porteador efectivo (>150€).
📱 Resolución 22/05/2023
Establece requisitos técnicos para documentos de control en soporte electrónico: PDF/A, código QR, firmas verificables y almacenamiento garantizado.
Contenido obligatorio de la Carta de Porte
📋 Artículo 10 - Menciones generales
- Lugar y fecha de emisión
- Nombre y dirección del cargador y expedidor
- Nombre y dirección del porteador
- Lugar y fecha de recepción de mercancía
- Lugar y fecha prevista de entrega
- Nombre y dirección del destinatario
- Naturaleza, número de bultos y señales
- Carácter peligroso de la mercancía (si aplica)
- Cantidad (peso o expresión equivalente)
- Clase de embalaje
- Precio del transporte y gastos previsibles
- Quién paga el transporte (cargador/destinatario)
⚠️ Artículo 10 bis - Contratos con porteador efectivo (>150€)
Cuando el precio del transporte supera 150€, son obligatorias estas menciones adicionales:
- NIF del cargador/expedidor y transportista efectivo
- Hora exacta de recepción y entrega prevista (además de fecha)
- Masa de las mercancías (o magnitud alternativa si no es determinable)
- Precio que cubra costes efectivos del porteador
📄 Artículo 11 - Emisión y ejemplares
Formato tradicional (papel):
- •3 ejemplares originales firmados por cargador y porteador
- •1º ejemplar: Cargador | 2º ejemplar: Viaja con mercancía | 3º ejemplar: Porteador
✨ Formato digital (Art. 15 + Resolución 22/05/2023):
- Un único documento electrónico accesible por todas las partes
- Formato PDF/A (máximo 4 MB) para inspecciones
- Código QR con URL HTTPS para acceso instantáneo
- Firma electrónica avanzada eIDAS (equivalente a manuscrita)
- Sin impresión ni distribución física de ejemplares
- Trazabilidad completa de cambios y versiones
✅ Artículo 13 - Irregularidad o inexistencia
La ausencia o irregularidad de la carta de porte NO produce inexistencia o nulidad del contrato.
La omisión de menciones no priva de eficacia a las incluidas.
⚖️ Fuerza probatoria (Artículo 14)
La carta de porte firmada por ambas partes hace fe de:
- La conclusión y contenido del contrato
- La recepción de las mercancías por el porteador
En ausencia de reservas motivadas del porteador, se presume que las mercancías están en el estado descrito.
⚠️ Régimen sancionador
El RD-ley 14/2022 establece sanciones administrativas por incumplimiento de las obligaciones documentales en contratos de transporte:
Infracciones administrativas (Art. 141 LOTT)
El incumplimiento de las obligaciones documentales puede constituir infracción administrativa grave:
📋 No formalización por escrito (Art. 141.28 LOTT)
- •Multa: 801 a 1.000€
- •Responsables: Cargador contractual y transportista efectivo
📝 Omisión del precio (Art. 141.29 LOTT)
- •Multa: 601 a 800€
- •Responsables: Cargador contractual y transportista efectivo
📄 Omisión de otras menciones obligatorias (Art. 141.30 LOTT)
- •Multa: 401 a 600€
- •Responsable: Cargador contractual (o transportista si omite fecha de entrega)
💡 Aspectos prácticos
- La carta de porte digital tiene la misma validez que la física (Art. 15)
- Debe conservarse durante al menos 1 año (Art. 10 bis.6)
- La firma puede ser mecánica, sello o cualquier medio que acredite identidad (Art. 11.2)
- BlueCMR automatiza el cumplimiento de todos los requisitos legales
Carta de Porte Digital con BlueCMR
Para el cargador/expedidor
- Plantillas con datos predefinidos
- Incluye todos los campos obligatorios de Carta de Porte y Documento de Control
- Envío y firma de múltiples documentos simultáneamente
- Integración vía API REST con sistemas TMS/ERP
Para el transportista/conductor
- Firma electrónica avanzada sin instalaciones
- Registro de incidencias y reservas durante el transporte
- Actualización de matrículas y cambios de conductor
- Fotografías de mercancía y documentos adjuntos
- Funcionamiento offline con sincronización automática
Para inspecciones y autoridades
Cumplimiento de la Resolución de 22 de mayo de 2023 sobre documentos de control en soporte electrónico:
- Formato PDF/A (máximo 4 MB por fichero)
- Código QR con URL del documento en repositorio HTTPS
- Firmas electrónicas que permiten identificar al firmante y detectar modificaciones
- Acceso instantáneo para Servicios de Inspección y fuerzas de vigilancia
- Almacenamiento garantizado de datos y envío de documentos
Para el destinatario
- Firma sin app ni instalación
- Enlace seguro por email o SMS
- Firma biométrica u OTP
- Copia automática tras la firma
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Genere, firme y archive sus Cartas de Porte con seguridad jurídica y sin duplicar documentos.
